23 noviembre 2012

Amplían plazo revisión de modificatoria Ley del Artista 28131







Con el fin de continuar recibiendo sugerencias que enriquezcan el proceso de elaboración del anteproyecto de la nueva Ley del Artista Intérprete y Ejecutante, el Ministerio de Cultura ha ampliado el plazo de entrega de aportes hasta el 15 de diciembre y ha organizado mesas de trabajo en Lima y en las regiones.

El viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, Rafael Varón Gabai, anunció que este 26 de noviembre, en nuestra sede central, se realizará una primera sesión de trabajo e indicó, además, que se han organizado “tres sesiones de trabajo en el interior del país. El 28 de noviembre está prevista una reunión en Trujillo, el 5 de diciembre en el Cusco, y el 12 del mismo mes en Iquitos”.
Varón Gabai dijo “Esas innovaciones contribuirán a fortalecer el sector y proteger los derechos de sus titulares, pero manteniendo el espíritu y la esencia de la ley vigente”.
El anteproyecto busca normar el reconocimiento, la tutela, el ejercicio y la defensa de los derechos morales, patrimoniales, laborales y de seguridad social que le correspondan al artista, intérprete y ejecutante, también al trabajador técnico vinculado a la actividad artística, y a los creadores artísticos.
Entre los principales aportes que se encuentran en el anteproyecto de la nueva ley podemos citar los siguientes:
Sobre el Régimen Laboral: Establece que toda prestación personal del artista y trabajador técnico frente al empleador se presuma laboral, sin importar jornada ni duración del contrato, apelando a la naturaleza especial de la labor.
Sobre la Propiedad Intelectual: Define la posibilidad de recaudación de diversos Derechos Conexos de los artistas, de manera conjunta entre las Sociedades de Gestión Colectiva, y en forma independiente por cada una de ellas.
Sobre Protección Social del Artista: Se amplían las facultades al Fondo de Derechos Sociales del Artista.
Profesionalización y Docencia: Se mejoran las condiciones para acceder al título profesional para la docencia en la especialidad artística. Se establece como requisitos 10 años de experiencia, la aprobación del curso de complementación pedagógica de duración de 2 semestres, y la rendición satisfactoria de las pruebas de suficiencia.
Sobre el Ente Rector para la Aplicación: El Ministerio de Cultura es el órgano competente en materia de cultura en todo el territorio nacional y por ende es el rector. Complementariamente, participan el Ministerio de Educación, el Ministerio de Trabajo, ESSALUD e INDECOPI.
Los artistas y trabajadores técnicos comprendidos en el anteproyecto: Es necesario destacar que el listado de la ley vigente se mantiene, con el añadido de los creadores artísticos que se enuncian de manera enunciativa, mas no limitativa: 
Artistas visuales y plásticos, artistas literarios y compositores musicales, entre otros.

El formato para recibir comentarios y sugerencias se encuentra en el siguiente link:http://www.mcultura.gob.pe/leyartista/form.html.
El anteproyecto puede ser descargado desde la siguiente dirección:




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